Publicado el por Sergio Ballesteros Diaz

Hoy se podía leer en el periódico digital ABC.ES la siguiente noticia:

Piden cárcel por atropellar ebrio a un peatón que iba bebido por la carretera

Un conductor, en estado de embriaguez, atropelló a un peatón, que también se encontraba en estado de embriaguez, causándole a este último la muerte.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2009. El fiscal ha pedido un año y nueve meses de prisión, y una indemnización de 148.489 euros para los familiares de la víctima.

Desde un punto de vista asegurador: ¿se hará cargo el seguro del coche de la indemnización que el conductor debe pagar a la familia del fallecido?. En principio, si el acusado es declarado culpable de delito y obligado a pagar la indemnización, será la aseguradora del conductor la que pagará las indemnizaciones correspondientes, pero se reservará el derecho a repetir contra el conductor todos los gastos en los que se haya incurrido. Una de las exclusiones de los seguros de autos avisa que el seguro no cubre cuando se está bajo los efectos del alcohol.

Como la víctima (en este caso los familiares de la víctima) no tienen culpa, deben cobrar de la aseguradora las indemnizaciones que el juez fije. Después, la aseguradora intentará recobrar del conductor y, en su defecto, del tomador del seguro si el primero resultara insolvente.