Qué lastima que los que nos dedicamos a este sector, únicamente veamos algunos términos muy interesantes desde el punto de vista técnico salir a la luz en prensa únicamente cuando existen catástrofes o siniestros que llevan consigo pérdidas humanas.
¿Recuerdan el siniestro de Spanair en Barajas? Desgraciadamente también en aquella ocasión oímos mucho el término reaseguro. El análisis de los aseguradores en aquel momento explicaba cómo la Aseguradora del avión, que era Mapfre, y su cuenta de resultados de aquél año, no se vería afectada por el pago de las indemnizaciones puesto que la Compañía lo tenía reasegurado al 99%.
Muy sencilla y llanamente, ello quería decir, que si Mapfre cobra, por ejemplo, 250.000 €/ año de prima a la Compañía Aérea por asegurar el avión, cede ese riesgo asumido a un Asegurador de más envergadura, y le paga una prima de seguro por ello. Si Mapfre lo reaseguró a otra Entidad más grande al 99%, cedió el 99% del riesgo y pagó por ello seguro que casi la totalidad de los 250.000€ luego en cuanto al siniestro, únicamente debió pagar un 1% del importe total. Es decir, no hubo apenas impacto económico para la Compañía Española.
Esto es una práctica extraordinaria para poder asumir riesgos pero no siniestros (pagando por ello, claro está!)
Otra forma muy habitual de compartir riesgos en el sector es con el llamado COASEGURO. Y aquí tenemos el asunto de hoy, cuando el siniestro del Costa Concordia inunda los periódicos, aparece este término para indicar que el riesgo del buque estaba compartido entre varias entidades europeas y que por tanto no será una sola la que tenga que pagar las indemnizaciones. Otro modo muy extendido de compartir riesgos y poder repartirse las consecuencias económicas de un siniestro sin que la Cuenta de Resultados del Asegurador se vea claramente mermada.