Este seguro no cubre los daños sufridos por el propio asegurado, sino las indemnizaciones que deba pagar a terceros cuando se le atribuya responsabilidad civil por haber contribuido, directa o indirectamente, a los efectos de un acto terrorista, ya sea por acción u omisión, negligencia en medidas de seguridad o fallos en sus servicios.
Suelen necesitar este seguro:
Empresas de seguridad privada, organizadores de eventos, infraestructuras críticas, instalaciones públicas o privadas con afluencia masiva de personas.
Promotores de espectáculos o eventos deportivos, culturales o políticos.
Compañías de transporte, operadores logísticos o aeropuertos, que pueden ser responsables de fallos en protocolos de seguridad.
Administraciones públicas o empresas concesionarias de servicios públicos.
Coberturas Seguro de terrorismo
Principales
Complementarias
Responsabilidad civil por daños a terceros: cubre las indemnizaciones que el asegurado deba pagar por daños corporales, materiales o perjuicios económicos causados a terceros como consecuencia directa de un acto terrorista, si se le atribuye responsabilidad.
Defensa jurídica: incluye los gastos legales, honorarios de abogados, procuradores, peritos y costas judiciales necesarios para la defensa del asegurado en caso de reclamaciones.
Fianzas judiciales: cubre el depósito de fianzas civiles exigidas por los tribunales para garantizar posibles indemnizaciones.
Responsabilidad patrimonial frente a empleados: si el acto terrorista ocurre durante el desarrollo de la actividad profesional y afecta a trabajadores.
Responsabilidad subsidiaria: cubre daños causados por terceros (proveedores, subcontratas, personal de seguridad externo, etc.) cuando la empresa principal asume responsabilidad legal.
Cobertura de actos no oficialmente reconocidos: algunas pólizas pueden cubrir daños causados por ataques violentos que no lleguen a ser calificados formalmente como actos terroristas por la autoridad competente.
Gestión de crisis y comunicación: asistencia especializada en caso de atentado para gestionar la comunicación, proteger la reputación de la empresa y coordinar la atención a víctimas o familiares.
Actos dolosos o con conocimiento previo por parte del asegurado.
Daños a bienes propios o empleados (si no se incluye expresamente).
Daños derivados de guerra, rebelión o insurrección.
Reclamaciones sin base legal o no relacionadas con el acto terrorista en sí.
Este tipo de seguro es especialmente útil en sectores sensibles o con alta exposición al público, como transporte, eventos, centros comerciales, infraestructuras críticas o entidades públicas.
El valor añadido de nuestra correduría en el Seguro de terrorismo
El valor añadido de una correduría en la gestión de un seguro de responsabilidad civil por actos de terrorismo es especialmente significativo debido a la complejidad técnica, jurídica y operativa que implica este tipo de cobertura.
Una correduría aporta, en primer lugar, asesoramiento especializado e independiente, analizando a fondo la actividad, el nivel de exposición al riesgo y las posibles responsabilidades del cliente. Esto permite diseñar un programa de seguros a medida, con coberturas adaptadas a la realidad del negocio y a los escenarios de riesgo más probables.
Además, al no estar vinculada a ninguna aseguradora, la correduría puede comparar condiciones entre diferentes compañías, accediendo a soluciones técnicas que no siempre están disponibles en el canal directo. Esto se traduce en mayor calidad de cobertura, mejor precio y flexibilidad en la negociación de condiciones particulares.
Durante la vigencia del seguro, la correduría actúa como un gestor activo del riesgo, acompañando al cliente en la revisión de la póliza, la adaptación a cambios operativos, la emisión de certificados o la inclusión de coberturas adicionales según se requiera (por ejemplo, para actos públicos, eventos o nuevos contratos).
En caso de siniestro o reclamación, su papel es aún más crucial. La correduría gestiona el siniestro de forma profesional y estratégica, velando por los intereses del asegurado, aportando criterios técnicos, negociando con la aseguradora y acelerando los tiempos de respuesta. Esto reduce el impacto económico, legal y reputacional de una situación crítica.
En definitiva, contar con una correduría en la gestión de este tipo de seguros aporta seguridad jurídica, visión técnica, agilidad operativa y defensa activa del cliente, elementos clave cuando se trata de riesgos tan delicados e imprevisibles como los derivados de actos terroristas
Preguntas frecuentes en el Seguro de terrorismo
¿Qué es el seguro de responsabilidad civil por actos de terrorismo?
Es una póliza que protege al asegurado frente a reclamaciones de terceros que hayan sufrido daños personales, materiales o económicos como consecuencia de un acto terrorista, cuando exista una responsabilidad legal atribuible al asegurado.
¿Qué tipo de empresas necesitan este seguro?
Está especialmente recomendado para empresas con exposición pública significativa, como organizadores de eventos, compañías de transporte, operadores de infraestructuras críticas, centros comerciales, entidades públicas o empresas de seguridad privada.
¿Qué cubre exactamente?
Cubre las indemnizaciones que el asegurado deba pagar a terceros, así como los gastos de defensa jurídica y fianzas judiciales. Algunas pólizas también incluyen coberturas complementarias como gestión de crisis o protección reputacional.
¿Este seguro cubre los daños propios del asegurado?
No. El seguro de RC cubre exclusivamente los daños a terceros por los que el asegurado sea legalmente responsable, no los daños sufridos directamente por la empresa o sus bienes.
¿Es lo mismo que el seguro del Consorcio de Compensación de Seguros?
No. El Consorcio cubre daños materiales y personales sufridos por asegurados a causa de actos de terrorismo (si se ha pagado el recargo correspondiente), pero no cubre la responsabilidad civil por causar daños a terceros.
¿Qué se necesita para contratar este seguro?
Es necesario aportar información detallada sobre la actividad, afluencia de público, planes de seguridad y prevención, así como el historial de siniestralidad. La correduría te ayuda a preparar toda la documentación necesaria.
¿Qué no cubre este seguro?
Suelen estar excluidos los actos dolosos cometidos por el propio asegurado, los daños a empleados (si no se pacta expresamente), y los daños derivados de guerra o rebelión no calificados como terrorismo por la autoridad competente.
¿Cuánto cuesta este seguro?
Depende del nivel de riesgo de la actividad, el capital asegurado y el alcance de las coberturas. Las corredurías pueden negociar precios más competitivos y encontrar la solución más adecuada para cada perfil.
¿Por qué contratarlo con una correduría?
Porque ofrece asesoramiento experto e independiente, adapta la póliza a las necesidades reales, compara entre varias aseguradoras y gestiona los siniestros de forma eficaz, protegiendo los intereses del cliente en todo momento.
Si tienes alguna duda o consulta sobre el Seguro de terrorismo contacta con nosotros y estaremos encantados de atenderte.