El seguro de embarcaciones de recreo es un contrato que protege al propietario de una embarcación destinada al uso privado como veleros, lanchas, motos de agua o yates frente a los riesgos que puedan surgir tanto en el agua como en tierra. Este seguro puede cubrir desde la responsabilidad civil obligatoria exigida por ley hasta daños propios en la embarcación, accidentes personales, salvamento marítimo o asistencia jurídica. Su finalidad es ofrecer al armador seguridad económica y respaldo legal ante posibles incidentes durante la navegación, el fondeo, el amarre o incluso mientras la embarcación se encuentra en tierra firme o en transporte.
Coberturas Seguro de embarcaciones
RC Obligatoria
RC Voluntaria
Pérdida total y daños parciales
Robo
Incendio
Remoción de restos
Asistencia
Accidentes personales
Coberturas opcionales
cubre los daños personales o materiales causados a terceros, de acuerdo con la normativa vigente.
amplía el capital asegurado más allá del mínimo legal, ofreciendo una mayor protección frente a reclamaciones.
cubre la destrucción o deterioro de la embarcación por accidente, temporal, varada, incendio o colisión.
indemnización por la sustracción de la embarcación o de sus elementos fijos.
cobertura frente a daños provocados por fuego a bordo o en el entorno portuario.
cubre los costes derivados de la retirada de la embarcación tras un hundimiento, exigido por la autoridad marítima.
servicios de remolque, salvamento y ayuda urgente en caso de avería o accidente marítimo.
indemnización en caso de fallecimiento o invalidez del patrón o de los ocupantes.
Daños durante el transporte terrestre: protección frente a desperfectos sufridos durante el traslado de la embarcación.
Responsabilidad civil por esquí acuático o arrastre: cubre daños provocados al practicar deportes náuticos desde la embarcación.
Pérdida de uso: indemnización si la embarcación queda inutilizada durante un periodo prolongado.
Daños a embarcaciones auxiliares: cubre neumáticas, zodiacs u otras embarcaciones accesorias.
Protección jurídica ampliada: asesoría y defensa legal en conflictos contractuales, penales o administrativos relacionados con la navegación.
El seguro de embarcaciones de recreo es clave para garantizar la tranquilidad del propietario ante los numerosos riesgos asociados al uso y conservación de una embarcación. A diferencia de otros vehículos, las embarcaciones están expuestas a factores como temporales, varadas, colisiones con objetos flotantes o averías mecánicas en alta mar. Además, la legislación exige la contratación de una póliza mínima de responsabilidad civil, especialmente si la embarcación navega por aguas marítimas o participa en actividades deportivas. Otro aspecto relevante es que este tipo de seguro puede adaptarse con gran flexibilidad al tipo de embarcación, zona de navegación, antigüedad, valor asegurado o uso (estacional, habitual, en puerto o en tránsito). Una correcta valoración de la embarcación, la declaración precisa del equipamiento y la definición del ámbito de navegación son fundamentales para evitar conflictos en caso de siniestro. También resulta esencial revisar las exclusiones, como los daños por desgaste, negligencia o participación en regatas no declaradas.
El valor añadido de nuestra correduría en el Seguro de embarcaciones
Contar con un corredor de seguros al contratar una póliza de embarcaciones marca la diferencia entre una cobertura genérica y una protección verdaderamente adaptada al riesgo. El corredor analiza las características técnicas de la embarcación, las zonas de navegación, el uso previsto y el perfil del propietario para ofrecer una solución ajustada tanto en garantías como en precio. Su conocimiento del sector náutico y del mercado asegurador permite comparar entre múltiples compañías, identificar diferencias relevantes en exclusiones o franquicias y negociar condiciones más ventajosas. Durante la vida del seguro, el corredor está disponible para resolver dudas, revisar la póliza cuando cambian las circunstancias o acompañar al asegurado en caso de siniestro, facilitando gestiones y defendiendo sus intereses. Gracias a su experiencia, el corredor garantiza que el armador navegue con plena seguridad jurídica y sin sorpresas inesperadas.
Preguntas frecuentes en el Seguro de embarcaciones
¿Es obligatorio contratar un seguro para mi embarcación de recreo?
Sí, la legislación española exige disponer de un seguro de responsabilidad civil para navegar con embarcaciones a motor, veleros o motos náuticas, entre otras.
¿Qué embarcaciones pueden asegurarse?
Pueden asegurarse todo tipo de embarcaciones de recreo de uso privado, desde neumáticas y motos acuáticas hasta grandes yates.
¿El seguro cubre daños causados por un temporal?
Sí, si tienes contratada la cobertura de daños propios y no existen exclusiones por condiciones meteorológicas, estarías cubierto.
¿Es válida la póliza fuera de España?
Depende del ámbito territorial contratado. Algunas pólizas limitan la navegación a aguas españolas, mientras que otras permiten navegación internacional.
¿Puedo asegurar el equipamiento no fijo, como electrónica o mobiliario?
Sí, siempre que se declare expresamente en la póliza. Muchos seguros permiten incluir estos elementos como cobertura adicional.
¿Qué ocurre si la embarcación se encuentra en transporte terrestre y sufre daños?
Solo estarás cubierto si has contratado expresamente la garantía de daños durante el transporte por carretera o grúa.
Si tienes alguna duda o consulta sobre el Seguro de embarcaciones contacta con nosotros y estaremos encantados de atenderte.