Seguros Empresas > Seguro Decenal

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio el seguro decenal?

La Ley 38/1999, LOE (Ley Ordenación Edificación), publicada en el BOE en noviembre de 1.999 y con entrada en vigor en mayo de 2.000, establece que, durante diez años (decenal), el promotor de una obra es el responsable de todos los daños producidos por vicios o defectos que aparezcan en la construcción, y que afecten de manera directa a la resistencia del edificio.

Es el promotor el que está obligado a suscribir el seguro decenal, siendo los beneficiarios del seguro él mismo y los futuros adquirientes de la construccion, ya vivienda.

¿Es obligatorio la contratación de un Organismo de Control Técnico (OCT) para hacer el seguro?

La ley no obliga a ello. Depende de la aseguradora con la que queramos contratar el seguro, ésta nos obligará a ello o no.

Construí mi vivienda hace 7 años, ¿puedo contratar un seguro por los 3 años que restan?

NO, las aseguradoras contratarán el seguro con fecha retroactiva y le harán el seguro y le cobrarán el seguro por los diez años completos.

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