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Qué cubre el seguro de responsabilidad civil profesional


Fijénse qué curioso.

Nosotros vendemos seguros de responsabilidad civil profesional a diario. Todos los días hablamos de ello con consultores informáticos, topógrafos, asesores, empresarios de diversa índole, directivos, arquitectos, abogados, …, e intentamos explicar (sin olvidar que el seguro y su posible consecuencia, el siniestro, es algo intangible y tan hetéreo como una simple probabilidad de que ocurra algo o no) que existe riesgo y por tanto hay que protegerse frente a él o frente a las consecuencias que se deriven de él. En definitiva, de que ocurra algo –un evento dañoso decía la Ley de Contrato de Seguro- que ocasione un perjuicio –patrimonial en este caso- al que involuntariamente lo origina.

Pues bien, he aquí el siniestro por responsabilidad civil profesional en nuestra propia Correduría. Para que luego digan que nunca pasa nada…

Somos corredores, y un miembro de este equipo, no solicitó por escrito a la Compañía de Seguros XXX la emisión de un suplemento a una póliza de comunidad mediante el cual quedarán cubiertos los riesgos extensivos de la misma –tal y como nos había ordenado el cliente por mail días antes-.

Cuando descubrimos la omisión (hecho cubierto en una póliza de responsabilidad civil profesional) fue precisamente cuando el mismo cliente nos llamó para solicitar la cobertura de dicha garantía por un siniestro que había ocurrido… Imagínese!!!

Sin duda la aborágine diaria, las llamadas y los mails que no paran de llegar a nuestras saturadas y desordenadas “bandejas de entrada” había hecho que se olvidara, que quedara sin hacer y claro, aquí tenemos las consecuencias inmediatas.

¿Se dan cuenta qué tontería? O no.

Cualquiera pensará ahora “es un despiste tonto”, sí, en un “pues en mi despacho hay cosas retrasadas y sin hacer desde hace meses”… perfecto, pero esto ocasiona un perjuicio para nuestro cliente que si no va más allá del mero “lo sentimos, no volverá a ocurrir” muy bien pero el cliente tiene todo el derecho a reclamarnos porque hemos cometido una falta en el desarrollo de nuestro trabajo que origina consecuencias. Ni más, ni menos. Y si la Aseguradora no quiere cubrir pues tendremos que compensar al cliente por el perjuicio ocasionado. Es lo justo.

¿Se dan cuenta?

Esto es un fallo tonto pero, ¿y si un cliente solicita un seguro de Vida, se traspapela la solicitud  y esa misma noche tiene un accidente? ¿Y si al Asesor Fiscal se le olvida presentar un impuesto a tiempo? ¿Y si el informático desarrolla un software novedoso y provoca un caos informático involuntario por incompatibilidad con el sistema de su cliente? ¿Y si un restaurador derrama líquido corrosivo en el lienzo de un cliente mientras lo restaura? ¿Y si….?

¿Se dan cuenta? Me “alegro” de que algo que nos haya podido ocurrir a nosotros por el  mero hecho de ser profesionales sea un ejemplo de que todos los que hacemos algo incurrimos en responsabilidad y debemos responder por ello.

Moraleja: asegure su trabajo con un seguro de responsabilidad civil profesional (todos somos humanos)

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