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Hace algunas semanas pude constatar de primera mano la complejidad del mundo asegurador a la hora de la verdad cuando hay que aplicar el contrato en un siniestro.

En una comunidad cualquiera, en un lugar cualquiera, con una compañía cualquiera, un siniestro cualquiera y un perito cualquiera, se lía la de San Quintín.

La póliza no tiene continente asegurado al no ser propiedad del tomador, pero sí los daños por agua sobre un capital determinado de obras de reforma que pertenece al tomador. La avería es por filtraciones del edificio y daña directamente los bienes que quiere asegurar el tomador.

Interviene un perito que evalúa las causas, hace su tasación y….. ¡su interpretación de la póliza!, Como de costumbre sucede en muchos casos.

Y como Mourinho diría, ¿por qué? ¿Para qué está el tramitador del siniestro en la compañía?,¿y el superior del tramitador, que es a su vez también tramitador de zona? ¿Y el responsable del área de siniestros que tiene la última palabra en esta materia?

Bueno pues…, agárrate que vienen curvas, como diría Niki Lauda, el perito dice que hay que indemnizar por responsabilidad civil del tomador sobre sus propios bienes!!!.

Ya no es que interpretemos o no la póliza pero, en fin, está claro que los peritos deberían hacer lo que tienen que hacer (causa, efecto, daño, cuantía), y la compañía intentar entender el texto que ha puesto en un librito con el que pretende decir que nos va a proteger de una suerte de incertidumbres.